La Hidrovía Paraguay-Paraná como corpus iuris aquarum

Autores

  • Griselda D. Capaldo

DOI:

https://doi.org/10.34096/rtt.i26.12120

Palavras-chave:

Hidrovia Paraguai-Paraná. Direito Internacional da Água e do Meio Ambiente. Bacias internacionais ou transfronteiriças. Bacia do Prata.

Resumo

El interés concitado por la licitación y posterior concesión de la vía fluvial Paraná, Río de la Plata, Magdalena, genera un espacio óptimo para referirnos a la hidrovía Paraguay-Paraná desde la perspectiva jurídica y, más enfáticamente, desde la triple óptica del Derecho Internacional Público, del Derecho de Aguas y del Derecho Ambiental. Esas tres ramas de la enciclopedia jurídica forman el marco teórico sobre el que descansa el presente trabajo. La perspectiva internacional se justifica porque la hidrovía Paraguay-Paraná es parte de una cuenca transfronteriza entre cinco países que, a su vez, integran el Mercosur (con Bolivia en proceso de adhesión plena). El abordaje ambiental no puede estar ausente por cuanto se trata de uno de los derechos y garantías consagrados por la Constitución Nacional de cada uno de los ribereños. El objetivo específico de esta investigación es indagar sobre el grado de coherencia y robustez de ese conjunto normativo y, en razón de ello, colegir que componen un corpus iuris aquarum aplicable a la hidrovía Paraguay-Paraná.

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Publicado

2022-11-15

Edição

Seção

Dossier

Como Citar

La Hidrovía Paraguay-Paraná como corpus iuris aquarum. (2022). Revista Transporte Y Territorio, 26. https://doi.org/10.34096/rtt.i26.12120